miércoles, 27 de julio de 2011

DERECHOS SINDICALES Y LIBERTAD DE EXPRESION

Buenos Aires, 14 de Abril de 2011


COMUNICADO



Los medios de difusión son, por lo general, empresas encuadradas legalmente de manera similar a las empresas de otros rubros. Los medios de difusión privados tienen propietarios que desarrollan una actividad con fines de lucro. En esas empresas periodísticas la producción esta a cargo de trabajadores asalariados. La relación jurídica entre esos trabajadores asalariados y los empresarios dueños de las empresas periodísticas en las cuales trabajan es igual a la que mantienen trabajadores y empresarios de cualquier otro rubro. La ley no establece diferencias en cuanto a derechos y obligaciones. Si los trabajadores de un diario – por ejemplo- no ven respetados sus derechos laborales y disponen adoptar medida de acción directa están amparados legal y constitucionalmente al igual que cualquier otro trabajador de cualquier otra empresa; en la sociedad en que vivimos no existe discriminación al respecto. Si eventualmente el diario no sale a la venta por una acción gremial de los trabajadores es, sencillamente, porque todavía la producción del periódico requiere del esfuerzo cotidiano de los trabajadores.


Si los medios de difusión fueran en cambio empresas de propiedad social estaríamos ante un escenario distinto, porque los productores serían al mismo tiempo los propietarios y seguramente la libertad de prensa tendría otra valoración porque reflejaría la libertad de expresión de toda una sociedad y no solamente de los dueños de una empresa.




ANTONIO PANSCZYCK Secretario de Prensa

HECTOR AMICHETTI Secretario Adjunto

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